El sistema instalado ha de disponer de al menos una cámara de videovigilancia con las características de reconocimiento facial. Esta cámara es la que se encargará de capturar la imagen del rostro de la persona que accede a la entrada, creando una base de datos o registro de caras de las personas que han accedido al lugar.
El administrador es la persona que ha de clasificar si esa cara de la persona la añade a una lista negra o blanca para realizar la acción correspondiente sobre un reconocimiento posterior de entrada de esa persona.
De esta forma por ejemplo una vez añadida esa cara a una lista negra de la base de datos, si la persona entra de nuevo, es reconocida por la cámara de la entrada y podemos crear avisos acústicos, grabaciones de una o varias cámaras, recepción de una notificación en el móvil, envío por email, etc.